Estructura y órganos de gobierno – Portal de Transparencia
SU ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y RELACIÓN DE ÓRGANOS COLEGIADOS ADSCRITOS Y NORMAS POR LAS QUE SE RIGEN
Los órganos de gobierno de la Cámara son:
El Pleno: normas por las que se rige
El Pleno, en cuanto órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara, estará compuesto por los siguientes miembros:
- Grupo A: Veintidós vocalías elegidas mediante sufragio libre, igual, directo y secreto por entre todas las personas físicas o jurídicas, estas últimas a través de sus
representantes, inscritas en el censo de la Cámara, que serán sus representantes
en el Pleno corporativo. - Grupo B: Seis vocalías propuestas entre representantes de empresas y personas de
reconocido prestigio en la vida económica dentro de la demarcación de la Cámara,
propuestas por las organizaciones empresariales a la vez intersectoriales y
territoriales más representativas. - Grupo C: Una vocalía elegida entre representantes de las empresas de mayor
aportación voluntaria en la demarcación de la Cámara.
Asistirá también a las sesiones del Pleno, con voz pero sin voto, el secretario general. Asimismo, el Reglamento de Régimen Interior podrá prever, en su caso, la asistencia, con voz y sin voto, del gerente y del contador, si los hubiere.
El Pleno celebrará, como mínimo, cuatro sesiones ordinarias al año.
Podrán celebrarse, además, cuantas sesiones extraordinarias acuerden la Presidencia, el Comité Ejecutivo, o lo soliciten a la Presidencia más de un 25% de los componentes del Pleno.
El Pleno de la Cámara para poder celebrar válidamente sus sesiones, en primera convocatoria, deberá estar constituido, al menos, por las dos terceras partes de sus componentes, estando presentes el presidente y el secretario o personas que legalmente les sustituyan.
Cuando en la primera convocatoria no se hubiera conseguido el número de asistentes señalados en el párrafo anterior, el Pleno quedará constituido, en segunda convocatoria, después de transcurrida media hora de la prevista para su celebración, siempre que asistan a la sesión la mitad más uno de sus componentes, estando presentes el presidente y el secretario o personas que legalmente les sustituyan.
En primera y segunda convocatoria los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los asistentes, salvo que por precepto expreso se exija una mayoría determinada.
De no poder constituirse válidamente el Pleno en sesión, el Comité Ejecutivo resolverá los asuntos de extrema urgencia, debiendo dar cuenta de sus acuerdos al Pleno en la primera sesión que éste celebre.
Comité Ejecutivo: normas por las que se rige
El Comité Ejecutivo, en cuanto órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara, estará compuesto por el presidente, dos vicepresidentes, tesorero y seis vocales, elegidos todos ellos entre los miembros del Pleno para un mandato de igual duración al de éste.
El/la consejero/a competente en materia de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación nombrará un representante de la Administración en la Cámara que, sin condición de miembro, tendrá voz, pero no voto, en las sesiones del Comité Ejecutivo, a las que deberá ser convocado en las misma condiciones que sus miembros.
Asistirá también a sus sesiones, con voz pero sin voto, el secretario general. Asimismo, podrían asistir a las sesiones, con voz y sin voto, el gerente y el contador, si los hubiere.
El Comité Ejecutivo se reunirá como mínimo una vez al mes, con la excepción de mes de agosto.
Las sesiones en cuanto a asistencia, quórum y adopción de acuerdos, se regirán por la normativa vigente.
La convocatoria corresponderá al Presidente y deberá ser comunicada con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, salvo en los casos de urgencia, en que dicha antelación mínima será de veinticuatro horas, y acompañará el orden del día.
A las sesiones del Comité Ejecutivo será convocado el representante que designe la persona titular de la Consejería competente en materia de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
Las reuniones del Comité Ejecutivo se convocarán por iniciativa del Presidente o a petición de 3 vocales del mismo, con expresión de los asuntos a tratar.