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¿Qué es PAIT?

PUNTO DE ASESORAMIENTO E INICIO DE TRAMITACIÓN

Los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) son oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas, (Ley 30/2006 de 29 de diciembre) así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio).

El PAIT tiene como objetivo:

  • Prestar servicios presenciales de información y asesoramiento a los emprendedores en la definición y tramitación telemática de sus iniciativas empresariales.
  • Iniciar el trámite administrativo de constitución de sociedades (SR Ló SLNE)a través del Documento Único Electrónico (DUE).
  • Inicio de tramitación telemática para empresarios individuales (autónomos)

Servicios que presta un PAIT

  • Financiación.
  • Fiscalidad.
  • Programas de ayudas públicas.
  • Contratación laboral y Seguridad social.
  • Innovación empresarial.
  • Cooperación empresarial e internacionalización.
  • El DUE e iniciar su tramitación telemática. Tramitación on-line de la creación de sociedades mercantiles (SRL y SLNE) y empresas individuales (autónomos)

consulta rellene el siguiente formulario

Tramitación SRL

TRAMITACION SRL

La Red de creación de empresa (Circe) ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de este tipo de sociedad por medio telemático evitando así desplazamiento al emprendedor y produciendo un ahorro sustancial de tiempos y costes.

Para ello el emprendedor deberá  dirigirse a los puntos de asesoramiento e inicio de tramitación (PAIT) donde se le permitirá iniciar los trámites de constitución.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA TRAMITACIÓN

La documentación que el emprendedor debe llevar al PAIT para proceder a la tramitación telemática de la constitución y puesta en marcha de su proyecto empresarial es la siguiente:

  • Fotocopia y original del DNI de todos los socios y trabajadores.
  • Fotocopia y original de la Tarjeta de la Seguridad Social de todos los socios y trabajadores, u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad social.  

Otros datos a tener en cuenta

  • Epígrafe AE (Actividades Económicas).
  • Datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial (incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono).
  • Porcentajes de participación en el capital social y, en su caso, indicación de la condición de administradores. Para adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: base de cotización elegida y Mutua de AT-EP.
  • Número de cuenta bancaria para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en caso de aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial).
  • Tarjeta bancaria para realizar el pago de la certificación del RMC y del RMP en el caso de elegir este tipo de sistema de pago

Casos particulares:

  • Justificante del pago realizado (con anterioridad a la tramitación) al RMC (Registro Mercantil Central) de 13,94 € por la obtención de la denominación social, si se elige esta opción
  • Extranjeros sin DNI: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Socios extranjeros capitalistas (sin residencia ni actividad en la empresa) tienen que aportar el NIE por asuntos económicos.
  • Socios casados: DNI o NIE del cónyuge y régimen del matrimonio
  • Para contratación de trabajadores: contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la Seguridad Social.

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Tramitación SLNE

TRAMITACION DE SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA

 La Red de creación de empresa (Circe) ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de este tipo de sociedad por medio telemático evitando así desplazamiento al emprendedor y produciendo un ahorro sustancial de tiempos y costes.

Para ello el emprendedor deberá  dirigirse a los puntos de asesoramiento e inicio de tramitación (PAIT) donde se le permitirá iniciar los trámites de constitución.

DOCUMENTACION NECESARIA PARA LA TRAMITACIÓN 

 La documentación que el emprendedor debe llevar al PAIT para proceder a la tramitación telemática de la constitución y puesta en marcha de su proyecto empresarial es la siguiente:

  • Fotocopia y original del DNI de los socios y trabajadores
  • Fotocopia y original de la tarjeta de ls Seguridad Social
  • Documento que acredite el número de afiliación a la seguridad social.

Otros datos a tener en cuenta:

  • Epígrafe de AE (Actividad Económica)
  • Datos del Domicilio de la empresa y de la actividad empresarial (incluido: metros cuadrados del lugar de actividad, código postal y telefono)
  • Porcentaje de participación en el capital social y en su caso indicación de la condición de administradores. Para la adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: Base de cotización elejida y Mutua de AT-EP.
  • Número de cuenta bancaria para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) en el caso de aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial).
  • Tarjeta bancaria para realizar el pago de la certificación del RMC y del RMP en el caso de elejir este tipo de sistema de pago.

Casos particulares:

  • Justificante del pago realizado al RMC de 13.94 € por la obtención de la denominación social, si se elije esta opción.
  • Extranjeros sin DNI: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Socios estranjeros capitalista (sin residencia ni actividad en la empresa) tienen que oportar el NIE por ausntos economicos.
  • Socios jurídicos: Deberán presentar escritura de la Sociedad, el acta de la reunión en la que se llegó al acuerdo de que formaría parte de la nueva sociedad que se va a constituir y los datos del representante del Socio Jurídico.
  • Socios casados: DNI o NIE del conyuge y régimen del matrimonio.
  • Para la contratación de trabajadores: Contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta de la seguridad social. 

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Tramitación empresario invidual

Tramitación empresario invidual

Recientemente ha sido publicado en el BOE  El Real Decreto 368/2010 de 26 de marzo  por el que ser regula las especificaciones y condiciones para el empleo del documento único electrónico (DUE) para la puesta en marcha de las empresas individuales mediante el sistema de tramitación telemática.

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